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NUEVAS MODALIDADESDE CONTRATOS FORMATIVOS

Con la aprobación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, por el cual, entre otros, se modifica el artículo 11 la Ley del Estatuto de los Trabajadores y se establecen nuevas modalidades contractuales.


Concretamente se crean las siguientes tipologías:


- Contrato de formación en alternancia

- Contrato de obtención de la práctica profesional


¿Cuáles son las características principales de estos nuevos contratos? En la tabla siguiente se

muestran las principales características y diferencias.



*El tutor/a de la empresa tendrá como función dar seguimiento al Plan Formativo Individual en la empresa, según lo previsto en el acuerdo de cooperación concertado con el centro o entidad formativa.


Area Laborar & R.R.H.H.

W Legal Desk, Advocats.

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