En el día de hoy, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Real Decreto-ley 6/2020 que introduce una serie de medidas urgentes y excepcionales para hacer frente a la emergencia de salud pública en relación al COVID-19. Destacamos la Consideración Excepcional como situación asimilada al Accidente de Trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del Covid-19.
La emisión de los partes de baja y alta corresponden al Servicio Público de Salud.
El objetivo de este Real Decreto es el de garantizar la protección social de los trabajadores que causen baja por aislamiento y/o enfermedad causada por el SARS-CoV-2, así como el abastecimiento del material necesario en nuestro sistema nacional de salud.
Se considerará, con carácter excepcional, situación asimilada al Accidente de Trabajo, exclusivamente a efectos de la prestación de Incapacidad Temporal, aquellos períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el SARS-CoV-2. Duración de la prestación: determinada por el parte de baja por aislamiento y el correspondiente alta. Podrá causar derecho a la prestación cualquier persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social.
Fecha del hecho causante: fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad, aunque el parte de baja se expida con posterioridad.
El Real Decreto-ley 6/2020 entrará en vigor mañana 12 de marzo de 2020.
El equipo profesional de W Desk Advocats, S.L.
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